La dirección de ejecución de obras es la función que desempeña desde el inicio de las obras hasta la recepción de las mismas.
En el ámbito de la edificación estas funciones están reguladas por la L.O.E. (Ley de Ordenación de la Edificación), la cual define cada una de las funciones. La citada ley especifica que el director de obra debe ser un arquitecto y el director de la ejecución material de la obra un arquitecto técnico, cuando el uso de la edificación sea residencial, administrativo, sanitario, religioso, docente y cultural.
Nuestros servicios de dirección de obras se caracterizan por un control exhaustivo y metódico de los mismos, teniendo desarrollados una metodología propia, basándonos en los parámetros del PROJECT MANAGEMENT INSTITUTE (PMI).
Analizándose el proyecto a nivel de planos, memoria, pliego de condiciones y mediciones se realiza un estudio inicial del proyecto y se prepara un programa de trabajo para el desarrollo de la dirección de obras, el cual está formada por:
Plan de calidad (planificación del control cualitativo):
Plan de costes (planificación del control cuantitativo):
Plan de Comunicaciones y documental:
Control y seguimiento de la ejecución de la obra
Desde el inicio de la misma se desarrolla en función del plan de dirección de obras:
Control de calidad (seguimiento y control cualitativo):
Control de costes (seguimiento y control cuantitativo):
Control de las comunicaciones y documental:
A continuación enumeramos las direcciones de obras más emblemáticas:
Dos Viviendas Unifamiliares Aisladas y Dos Viviendas Pareadas en la C/ Caletera s/nº en Chiclana de la Frontera. Promotor: Ávila Suárez S.L. PEM: 573.852,48 €. Año: 2.021
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